Nos han comunicado desde el Ministerio de Industria que en breve se resolverá
el Recurso de Alzada presentado contra autorización de determinantes
variantes en la línea eléctrica área de 400.000 voltios
Soto Ribera a Penagos que afecta a distintas variantes en Asturias
- variante Soto Ribera a Lada a apoyos 1 al 6
- apoyo 6 al 36 Langreo, Noreña, Siero
- variante Nava apoyos 78 al 85
- variante Cangas Onis apoyos 139 al 181
- variante Peñamellera Baja apoyos 228 al 247
En un momento en que los de siempre; Gobierno Regional, Sindicatos (el otro
día era el secretario del Soma) le hacen el juego sucio a las eléctricas
y vuelven a la carga con que la línea es imprescindible, desde la Coordinadora
Ecoloxista seguimos manifestando que esta así como la línea Lada
a Velilla no son necesarias para Asturias que esta suficientemente comunicada
con 6 líneas de alta tensión con el resto de España.
Justificamos nuestro recurso en los siguientes argumentos:
- De acuerdo con los datos que facilita Red Eléctrica, la línea
no es necesaria, porque los dos tendidos que nos unes con Cantabria de 200.000
voltios, no presenta deficiencia alguna ni nivel de saturación alguna,
ni parece que vaya aumentar el consumo asturiano en los próximos años
de manera significativa como para tener que duplicar nuestra capacidad de conexión
con esa comunidad, cuando ya esta en marcha conectarnos con Galicia.
- Las insuficiencia que presentaba el estudio de impacto ambiental, al no valorar
el conjunto de la línea, en una zona donde hay otras tan próximas
en algunos lugares están en menos de 500 metros las 3, formando un peligroso
pasillo, por lo que hay que valorar el impacto que van a tener la totalidad
de los impactos, los efectos de los campos electromagnéticos acumulados,
el impacto paisajístico, el riesgo de incendio, la depreciación
económica de las propiedades circundantes.
- El estudio aprobado por el Ministerio, incumple expresamente la Ley de Evaluación
de Impacto Ambiental (R.D.Leg. 1302/1986) y la normativa europea, es preciso
que se evalúen varias alternativas al trazado, mientras que en este caso
en algunos tramos no existen alternativas algunas.
- El denominado Convenio de Aarhus (Convenio de la Comisión Económica
para Europa de las Naciones Unidas sobre acceso a la información, la
participación del público en la toma de decisiones y el acceso
a la justicia en materia de medio ambiental, hecho en Aarhus el 25 de junio
de 1998, vigente en España; y la Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre la
misma materia, obligan a tener en cuenta las aportaciones y criterios de las
personas afectadas por cualquier proyecto que afecte a su medio ambiente, aquí
ni leen lo que sugieren los vecinos y colindantes.
- Afectación a la salud e incumplimiento de distancias mínimas.
REE, en su contestación a las alegaciones, afirma que existe consenso
en la comunidad científica en que la exposición a campos eléctricos
y magnéticos de frecuencia industrial generados por las instalaciones
eléctricas de alta tensión no supone riesgo para la salud pública.
Tal afirmación es absolutamente falsa, dado que existen centenares de
publicaciones científicas, muchas de ellas por investigadores de centros
universitarios, centros sanitarios, centros oficiales, etc. del máximo
prestigio internacional sosteniendo lo contrato. Es más, está
expresamente reconocido lo contrario en documentos oficiales, entre otros los
siguientes (sin hacer mención de otros autonómicos, etc.):
- Inviabilidad por razones urbanísticas. Varios de los Ayuntamientos
por cuyo territorio atraviesa la línea eléctrica han formulado
alegaciones denunciando que ésta atraviesa suelo no urbanizable de especial
protección o con otras calificaciones que impiden que sobre el mismo
pase una línea eléctrica aérea de alta tensión,
cosa a la que no responde la resolución impugnada. Dado que no se ha
seguido el trámite del art. 112 del R.D. 1955/2000, el trazado no podrá
discurrir por suelo no habilitado urbanisticamente para ese fin.
Por todo ello hemos solicitado , al Secretario General de Energía se
tenga en cuenta el recurso presentado contra esta autorización que responde
mas a presiones políticas que a necesidad energética o salvaguardar
la calidad de vida de los asturianos y cantabros.
Coordinadora Ecoloxista d'Asturies
Para más información, Fruti 629892624